Modificación de los anexos por los que se regula la organización y el funcionamiento del Registro de Certificados Energéticos Andaluces
Se informa que con fecha 8 de junio de 2023, BOJA no 108, se ha publicado la “Resolución de 2 de junio de 2023, de la Secretaría General de Energía, por la que se modifican los anexos de la Orden de 9 de diciembre de 2014, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Registro de Certificados Energéticos Andaluces”.
Entre las modificaciones recogidas en dichos anexos se incluye un apartado para tramitar y gestionar la liquidación del pago de la tasa por tramitación de la Inscripción en el Registro de Certificados Energéticos Andaluces, que establece la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su artículo 44, tabla 13:
13. | Inscripción en el Registro de Certificados Energéticos Andaluces: | |||
13.1. | Inscripción, actualización y renovación de certificados energéticos de los edificios, tanto en fase de proyecto como en fase de edificio terminado: | |||
13.1.1. | Instalaciones de edificación con potencia térmica nominal instalada inferior o igual a 70 Kw. | 14,40 euros. | ||
13.1.2. | Instalaciones de edificación con potencia térmica nominal instalada superior a 70 Kw. | 78,06 euros. | ||
13.2. | Inscripción, actualización y renovación de certificados energéticos de los edificios existentes: | |||
13.2.1. | Instalaciones de edificación con superficie inferior o igual a 250 m². | 14,40 euros. | ||
13.2.2. | Instalaciones de edificación con superficie superior a 250 m². | 55,21 euros. |