Jornadas Sobre Novedades En La Reglamentación Turística En Andalucia. Diferencias Entre Vivienda De Uso Turístico Y Apartamentos Turísticos
Descripcion:
Las viviendas con fines turísticos (en la actualidad de “uso turístico”) se regulan por primera vez en nuestra Comunidad Autónoma tras la entrada en vigor de la Ley 13/2011, del Turismo de Andalucía, mediante el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos, configurándose el alojamiento en las mismas como un servicio turístico de alojamiento. Si bien puede afirmarse que esta regulación es relativamente reciente, la realidad de los hechos ha venido a desbordar el marco normativo actual, de manera que en los últimos años se ha producido un sustancial incremento de esta tipología de alojamiento. De esta forma, un fenómeno que originariamente se caracterizaba por la puesta en oferta de un recurso turístico por parte de “anfitriones” individuales y de prestación por parte de personas físicas, a título particular, a través de plataformas digitales colaborativas, ha ido evolucionando a la progresiva comercialización y gestión de un servicio turístico de elevada oferta y demanda, conformándose una modalidad más de alojamiento, desarrollado en viviendas a través de profesionales que administran la explotación de inmuebles de diferentes propietarios individuales o de grandes tenedores.
En este sentido, recientemente se ha publicado el Decreto 31/2024, de 29 de enero, por el que se modifican diversas disposiciones en materia de viviendas de uso turístico, establecimientos de apartamentos turísticos y hoteleros de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dónde se incorporan nuevos requisitos y exigencias de habitabilidad, acondicionamiento o servicios comunes, como son los de superficie mínima por persona, el número de baños o la climatización, entre otros.
Para dar a conocer y analizar estas novedades reglamentarias en materia de turismo en Andalucía, el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Granada, organiza la presente jornada con el fin de actualizar y mejorar la actuación profesional del Arquitecto Técnico en materia de turismo
Objetivos:
Analizar las recientes modificaciones reglamentarias tanto en las Viviendas de Uso Turístico (VUT) como en los establecimientos de Apartamentos Turísticos (AT) y sus consecuencias tanto en las viviendas y en los establecimientos ya inscritos, como en los futuros
Programa:
Programa:
Presentación a cargo de Dña. María Paz García García, presidenta del COAAT Granada y D. Trinitario Betoret Catalá, presidente de la Asociación Provincial de Hospedaje de Granada.
1.- Ámbito normativo sectorial del Turismo en Andalucía.
2.- Introducción al Registro de Turismo de Andalucía.
2.1. Objeto, fines y naturaleza.
3.- Viviendas de Uso Turístico (VUT).
3.1. Definición, clasificación, requisitos y servicios.
4.-Establecimientos de Apartamentos Turísticos (AT).
4.1. Definición, clasificación, requisitos mínimos de infraestructura y servicios.
5.- Modelos de Declaración Responsable.
5.1. Declaración Responsable para la clasificación del proyecto de establecimiento de alojamiento turístico.
5.2. Declaración Responsable para el Acceso o ejercicio de la Actividad.
6.- Periodo transitorio de aplicación.
Ponente:
Manuel Javier Martínez Carrillo.
– Departamento de Instalaciones y Obras. Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte. JUNTA DE ANDALUCÍA.
manuelj.martinez@juntadeandalucia.es
– Profesor Asociado Laboral. Departamento de Construcciones Arquitectónicas. UNIVERSIDAD DE GRANADA.
manueljmartinez@ugr.es
Area Tematica: Profesión
Modalidad: Presencial y Videoconferencia
Horario: De 12 a 14 horas
Lugar de Celebracion: Granada
Horas Lectivas: 2horas
Fecha de Inicio: 11-04-2024
Fecha de Fin: 11-04-2024
Fecha límite de Inscripción: 11-04-2024 10:00
Precio Colegiado: 0€
Precio No Colegiado: 0€
Imagen: Imagen del Curso
Adjunto: Folleto Curso
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