Aprobación de la tabla de valoración para costes de la ejecución subsidiaria del IEE en el municipio de Granada
Como consecuencia del incumplimiento del deber de presentar el Informe de evaluación de edificios de acuerdo con los requisitos y en los plazos marcados por la normativa reguladora del mismo, se plantea la necesidad de proceder a su ejecución subsidiaria por la Administración de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ordenanza reguladora del deber de conservación de los edificios en Granada.
A efectos de poder valorar previamente los gastos de honorarios para la redacción del Informe y poder liquidarse y exigirse aquellos de forma provisional antes de la ejecución, a reserva de la liquidación definitiva, a continuación se realiza una propuesta de valoración aplicando las siguientes fórmulas: