Información respecto a la huelga general convocada el 15 de octubre

Respecto a la convocatoria de huelga general prevista para el próximo 15 de octubre, nuestro bufete jurídico Hispacolex nos indica lo siguiente:

  1. La huelga afectará según el turno de trabajo y se desarrollará de la siguiente forma:
  • Turnos de mañana (jornadas partidas y continuadas): de 10:00 a 12:00.
  • Turnos de tarde (jornadas continuadas): de 17:00 a 19:00.
  • Turnos de noche (jornadas continuadas): de 02:00 a 04:00.

Las empresas deben mantenerse abiertas para permitir que los trabajadores que no deseen hacer huelga puedan continuar trabajando.

  1. Ocupación del centro de trabajo y derechos durante la huelga
  • El derecho a la huelga debe ejercerse cesando la prestación de servicios, pero sin ocupar el centro de trabajo. Los piquetes sólopueden realizar funciones informativas.
  • Los trabajadores pueden reunirse fuera de las horas laborales para decidir si secundan la huelga o no.
  1. Cierre patronal

La dirección puede optar por el cierre temporal de los centros de trabajo si se considera que la huelga pone en peligro las instalaciones o la producción. En tal caso, debe comunicar el cierre a la autoridad laboral en un plazo de 12 horas.

  1. Efectos sobre los contratos:
  • Suspensión del contrato: Durante la huelga no se devengan salarios ni cotizaciones a la Seguridad Social, pero se mantiene la situación de alta especial.
  • Descuento salarial: Se descontarán las horas no trabajadas. Los salarios base, complementos salariales y pagas extraordinarias se verán afectados, pero no los complementos extrasalariales ni las vacaciones. No obstante, la empresa puede optar por no hacer ningún descuento.
  • No se realiza descuento sobre algunos conceptos extrasalariales (como quebranto de moneda), pero sí sobre otros como las propinas.
  • Suspensión del periodo de prueba: Mientras dure la huelga.
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