Modificación del Anexo 3 de la Ordenanza Municipal reguladora del Deber de Conservación de los Edificios en Granada
Modificación de los documentos que conforman el Anexo 3 de la Ordenanza Municipal reguladora del Deber de Conservación de los Edificios en Granada.
En relación con la “Ordenanza Municipal reguladora del deber de conservación de los edificios en Granada”, a efectos de completar la documentación que se aporta por los obligados en el Anexo 3 (Documento de Informe de Evaluación del Edificio), se ha procedido a aprobar por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 5/10/17, con entrada en vigor a partir del 18/10/17 (BOP 198 de 18 de octubre de 2017) la Modificación de dicho Anexo.
Este Anexo 3 se puede consultar y descargar de la web municipal en dos formatos («pdf» autorrellenable y documento de texto «doc»), en la dirección:(https://www.granada.org/urbanismo.nsf/byclave/conserva; accediendo a “Impresos” dentro del apartado: Anexo 3 Informe de Evaluación de Edificios.
Hasta ahora estaba formado por dos documentos:
·uno denominado “Documentación IEE municipal”, de confección exclusivamente municipal, que incluía varios apartados sobre documentación adjunta, documentación grafica, elementos catalogados, recomendaciones para respuesta al sismo y acta resumen de las actuaciones
·otro denominado, “Documentación IEE general”, elaborado por el Ministerio de Fomento e incluido como Modelo tipo de informe de evaluación de los edificiosen el RD 233/2013, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, que comprendía apartados referentes a datos generales del edificio, parte I sobre estado de conservación, parte II sobre condiciones básicas de accesibilidad y parte III sobre certificado de eficiencia energética.
Durante el periodo de tiempo en que se ha estado aplicando se ha comprobado la necesidad de unificar todo el documento en uno solo, para hacerlo más ordenado e intuitivo a la hora de completar los datos que se exponen por el titular del inmueble, sin que por ello se reduzca la información mínima necesaria que establece el RD 233/2013 arriba indicado, por lo que la Modificación que hay que entenderla como un texto refundido en el que se han eliminado algunas referencias repetitivas que se realizaban entre los dos documentos hasta ahora vigentes.
Por tanto, la documentación modificada que ahora se aprueba, que entra en vigor a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, es decir el 18/10/2017, consiste en un texto único, que pasaría a denominarse “1.Documentación IEE municipal”, que esta compuesto por los apartados:
·Documentación Grafica
·Datos Generales del Edificio
·Parte I Estado de Conservación
·Parte II Condiciones Básicas de Accesibilidad
·Parte III Certificado de Eficiencia Energética
·Anexo Elementos Catalogados
·Anexo Recomendaciones para Respuesta al Sismo
·Acta Resumen de las Actuaciones
El resto de documentos, que deben presentarse en los casos en que el IEE no sea favorable y una vez que se concluyan las obras propuestas, urgentes o de conservación, se mantienen iguales como hasta ahora, denominándose:
2. Certificado técnico de adopción de medidas urgentes de seguridad
3. Certificado técnico de ejecución de obras de conservación y acta favorable.