Antes de ayer salió publicada la Orden HAC/1177/2024 que estábamos esperando por parte del Ministerio de Hacienda y que desarrolla las especificaciones técnicas y de contenido referidas en el Reglamento aprobado por RD 1007/2023 y RD 1619/2012 de los que se hablan en el Informe. Por lo que, ya es un hecho y los plazos referidos en dicho informe de 12, 24 y 36 meses empiezan a contar desde la publicación de la Orden HAC/1177/2024.
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