En el Boletín Oficial del Estado de 28 de diciembre se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, que incluye una prórroga de las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.
El artículo 16 del citado RDL modifica, con efectos desde 1 de enero de 2024, la disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF extendiendo hasta el 31 de diciembre de 2024 la posibilidad de deducirse un porcentaje de entre un 20 y un 60 por ciento de las cantidades satisfechas por las obras realizadas.
La base máxima anual de esta deducción será de 5.000 o 7.500 euros anuales, en función de cada caso. La deducción se practicará en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras y, en todo caso, antes del 1 de enero de 2025.